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Eso de publicar vencimientos casi el último día

Ayer se colgó una nueva versión del anteproyecto de la Primera Modificación a la Resolución Miscelánea 2018 y hay varias nuevas disposiciones para la transparencia de las empresas de subcontratación.
Sin embargo en el artículo tercero transitorio se establece que para efectos de lo establecido en el Décimo Noveno Transitorio de la LIF para 2018 se entenderá que durante 2017 se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en las reglas 3.3.1.44., 3.3.1.45., 3.3.1.49. y 3.3.1.50., cuando los contribuyentes utilicen en 2018 el aplicativo informático “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones” que está disponible en el buzón tributario.
En el supuesto de que en el ejercicio de 2018 los contribuyentes no vayan a realizar subcontratación bastará con que presenten a través del buzón tributario, el Aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017, a más tardar el 28 de febrero de 2018.

Y estos son los principales puntos que toca esta nueva modificación:

1.Procedimiento para aclarar la presentación de pagos provisionales mensuales del ISR en cero.
2.Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
3.Saldos a favor del ISR de personas físicas
4.Medios electrónicos (e.firma y Contraseña) que sustituyen a la firma autógrafa
5.Cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral.
6.Cumplimiento de obligaciones en prestación de servicios diversos a la subcontratación.
7.Procedimiento para que los contratistas con actividades de subcontratación laboral autoricen a sus contratantes.
8.Procedimiento por el cual el contratante realiza la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral.
9.Procedimiento que debe observar el contratante para solicitar aclaraciones en materia de subcontratación laboral sobre la funcionalidad del aplicativo