| Subsidio 2025 (cuota) El Decreto publicado el 01 de mayo establece un cálculo opcional al originalmente establecido en la Ley, por lo que a partir de esa fecha tenemos dos alternativas para el cálculo del subsidio para el empleo (en adelante SE): el de Ley, con la aplicación de la tabla publicada el 11 de diciembre de 2013 o bien, el opcional establecido en el Decreto de reciente publicación. A continuación, detallamos los cambios incorporados en el sistema de Nómina C2K: -En el proceso de actualización de datos se agregaron 2 nuevos parámetros para realizar el cálculo del SE con la mecánica vigente a partir del 01 de mayo de 2024. -Tope base gravable, que corresponde al importe para el 2026 de $11,492.66 de ingreso mensual máximo que tiene derecho al subsidio. -% de UMA para el ejercico 2026, que sería el 15.59% este es de manera provisional por el mes de enero, en febrero cuando cambie la UMA, el % de UMA debe cambiar a 15.02% del valor Actualización (UMA). El subsido para el Empleo aplicable a trabajadores cuyos ingresos no excedan los $11.492.66 mensuales. Se agregaron dentro de, Archivo - Parámetros de la Empresa – sub pestaña parámetros en los Campos Tope Base Gravable y % de UMA para SE. Los valores de estos dos campos pueden ser modificados manualmente en caso de que en lo posterior se requiera Mes de Enero. 2026 Mes de febrero. 2026 Recomendable generar la tabla de ISR de 2026 guía de ayuda 1295 Diríjase a Archivo - Tablas Generales - Tablas ISR Al momento de realizar el proceso de actualización del sistema, en los datos de los trabajadores, se activa por default “Mecánica de subsidio” a la modalidad “2024 (cuota)” en todos los trabajadores y es necesario mantener activo el box de “ajuste ISR mensual” para realizar la determinación del SE bajo la aplicación de la cuota de subsidio para 2025. En el sistema dentro de Trabajadores – Catálogo - Pestaña Cálculos Este parámetro es igualmente modificable en caso de aplicar la Tabla del 2014 en algún (os) trabajadores. Al momento de realizar el cálculo se aplicará la nueva mecánica a los trabajadores cuyos ingresos no excedan el tope máximo correspondiente a $ 11,492.66 El sistema calcula el subsidio de la siguiente forma: Según lo establecido en el decreto, cuando un sueldo mensual es menor a $11,492.66, se aplica el subsidio que es de 535.64 (el valor del UMA 113.14 para enero, multiplicado por 30.4 y el resultado por el 15.59%) El sistema toma este tope mensual y lo divide entre 30.4 y este se multiplica por los días del periodo. 11,492.66 / 30.4 = 378.05 (Tope diario) 378.05 x 15 = 5.670.75 (tope quincenal) 378.05 x 7 = 2,646.35 (tope semanal) En los casos que el ingreso supere los topes (semanal-quincenal-mensual) el sistema no aplicara Subsidio y retendrá el total del impusto. En los casos que el ingreso no supere los topes (semanal-quincenal-mensual) el sistema aplicara el Subsidio correspondiente y retendrá el la diferencia del impusto. En los casos que el ingreso sea el mínimo (semanal-quincenal-mensual) el sistema aplicará de manea informativa un cálculo dentro de Revisiones sin embargo no aplicará el impuesto que muestra en la revisión. (Es sólo informativo y no afecta a su cálculo ni acumulados ) Comuníquese con nosotros! Contáctenos a los teléfonos: 55 88 72 27 95 Y 96 e-mail: [email protected] Estrategia Empresarial S.A. de C.V. |