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Comprobantes Fiscales

También las iglesias deben expedir CFDI

Deben expedir comprobantes simplificados que demuestren la obtención de sus ingresos.

Deben de reunir los requisitos siguientes:
•Clave del Registro Federal de Contribuyentes.
•Lugar y fecha de la operación.
•Valor total de los actos o actividades realizados.
•Cantidad y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
•En su caso, número de registro de la máquina, equipo o sistema y logotipo fiscal.

Deben elaborar un comprobante fiscal digital por internet (CFDI) global en forma diaria, semanal o mensual con base en los comprobantes expedidos con el público en general. Estos comprobantes deberán incluir los importes totales de esas operaciones por el periodo que corresponda, utilizando la clave genérica: XAXX010101000.

Tratándose de las ofrendas, diezmos, primicias y donativos que recibas durante celebraciones de culto público en donde no sea posible identificar al otorgante, o bien que sean depositados en alcancías, canastillas o alfolíes, deberán incluirlos en el CFDI global que se elabore.

En el caso de que se realicen operaciones gravadas con IVA, en los CFDI globales, deberás separar el IVA que traslades.

La obligación de elaborar el CFDI global comenzará a partir del 1o. de julio de 2014. (Las acciones dicen más que los sermones bien estructurados)