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Menos papeles, más velocidad: la nube es la nueva aduana

Había un edificio muy famoso en CDMX porque se podían conseguir un gran número de productos «importados» a muy buen precio. Era como un laberinto interno pero con la casualidad de que en varias ocasiones me tocó ver como llegan los contenedores repletos de mercancía.

Obviamente no se pagaba ninguna contribución, y tal vez por eso era tan barato comprar directamente en ese lugar, ¿pero cómo volver esta gestión más oportuna para la autoridad? Es correcto, volviéndola más digital.

De ahí que una de las modificaciones más interesantes es la forma en se reorganiza a la autoridad:

ANAM (Agencia Nacional de Aduanas de México): Se incorpora como autoridad formal en el Reglamento, con facultades específicas en la gestión y control de operaciones aduaneras. Y el Consejo Aduanero: Nuevo órgano colegiado previsto en el artículo 159 Bis de la Ley Aduanera, con atribuciones de consulta y coordinación.

El documento indica la a participación permanente como invitada de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y eso explica mucho de la importancia de contar con un expediente electrónico de la importación.

Este documento conocido como Manifestación de Valor Electrónico, se prorroga gracias a la publicación de una versión anticipada de la primera modificación de la resolución de comercio exterior, que en sus artículos transitorios dispone que:

Para los efectos del artículo 59, fracción III de la Ley y de la regla 1.5.1., hasta el 31 de mayo de 2026, quienes introduzcan mercancías a territorio nacional podrán cumplir con las referidas disposiciones, en términos de lo establecido en el Transitorio Quinto, segundo párrafo de las RGCE para 2025, publicadas en el DOF el 30 de diciembre de 2024.

Décimo Primero Transitorio

✅ Checklist para cumplir con la MV electrónica

1. Preparación previa

  • 📂 Reunir documentos base: factura comercial, contrato de compraventa, comprobantes de pago, cotizaciones, seguros, fletes, etc.
  • 🧾 Identificar método de valoración: normalmente el de “valor de transacción” (Art. 64 Ley Aduanera).
  • 🔍 Verificar datos del proveedor: nombre, RFC extranjero, domicilio, condiciones de venta (Incoterm).

2. Llenado de la MV electrónica

  • 🖥️ Acceder a la Ventanilla Digital del SAT.
  • 📑 Usar el formato oficial E2 (Anexo 1 RGCE).
  • ✍️ Capturar:
    • Datos del importador.
    • Datos del proveedor.
    • Descripción de mercancías.
    • Precio pagado y ajustes (fletes, seguros, regalías, etc.).
    • Método de valoración.
  • ⚠️ Declarar bajo protesta de decir verdad.

3. Transmisión y entrega

📡 Transmitir la MV electrónicamente al SAT antes del despacho.

📤 Entregar copia al agente aduanal para que pueda anexarla al pedimento.

🗂️ Conservar copia digital y soporte documental por 5 años (Art. 59 Ley Aduanera).

4. Revisión y control interno

  • ✅ Revisar que los datos coincidan con la factura y el pedimento.
  • 📊 Implementar un checklist interno en el área de comercio exterior para cada importación.
  • 🔒 Guardar evidencia documental en expediente electrónico.

5. Riesgos de incumplimiento

  • 💸 Multas por omisión o errores en la MV.
  • 🚫 Retención de mercancías en aduana.
  • ⚖️ Posibles sanciones por subvaluación o contrabando técnico.

👉 En conclusión: el importador es el obligado principal, y el agente aduanal solo actúa como receptor y transmisor en el despacho.

Así que no está demás también armonizar todas estas nuevas disposiciones en materia de comercio exterior.

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