A partir del 3 de febrero de 2021 se encuentra disponible la nueva versión 3.6.1 del SUA, en la cual se incluye actualización del logotipo INFONAVIT.
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Guía de uso
Gracias a esta facilidad, con el pago de cuotas se da por presentado el aviso y para los que trabajamos de forma independiente, se inicia desde el pro en dos calendario del mes inmediato siguiente al pago con la cobertura de los seguros básicos.
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Nuevo SUA 3.6.0
http://www.imss.gob.mx/patrones/sua/actualizacion
Se reanudan los plazos para el recurso de inconformidad ante el IMSS
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5599096&fecha=26/08/2020
Recuerden que toda la información se analiza en tiempo real
Se instruye a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mientras dura la contingencia, para que en coordinación con la Dirección de Administración y la Dirección de Prestaciones Médicas, en los casos de trabajadores del IMSS, que laboran en Unidades Médicas y que hayan sido identificados como confirmados o sospechosos por COVID-19, se les reconozca la Incapacidad Temporal para el Trabajo con diagnóstico de COVID-19 y probable COVID-19, como Riesgo de Trabajo, posterior a verificar su asistencia a laborar hasta 14 días previos al inicio de los síntomas.
El mundo no volverá a ser el mismo
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La titular de Incorporación y Recaudación del IMSS, Norma Gabriela López Castañeda, informó que ahora es más simple acceder al trámite para la suscripción del Convenio de Pagos en Parcialidades, y solo se requiere que envíen un correo electrónico, con esta información: tarjeta de identificación patronal, la identificación oficial vigente, el acta constitutiva de la persona moral donde aparezcan simplemente los datos esenciales, el poder notarial en caso de tener algún representante legal y un escrito libre donde hagan explícita esta solicitud.
Los medios de contacto con el Instituto son a través del número telefónico 800 623 2323, opción 4 o mandar un correo a: convenio.orienta@imss.gob.mx.
Al momento que lo solicitan se regresa por el mismo medio la propuesta de convenio de pago y una ficha de pago en el banco correspondiente para que lo lleven a cabo.
Consideren que si se llega a incumplir el pago de alguna parcialidad, entonces inmediatamente se va a solicitar la garantía.
Las cuotas que se pueden diferir corresponden a los seguros que son ingresos para el Instituto Mexicano del Seguro Social como Invalidez y Vida, Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Guarderías y Prestaciones Sociales.
La parte que se le retiene al trabajador, se tiene que cubrir al cien por ciento, no es factible de diferirlo. Sin embargo, la parte de la cuota patronal, para los que suscriban el convenio pueden pagar el 20 por ciento y el 80 por ciento diferirlo hasta en un plazo de 12 meses.
Respecto de aquellos patrones o sujetos obligados que reanuden actividades en los términos que establezcan las autoridades sanitarias correspondientes; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19. Y se amplia hasta el 20 de julio de 2020, el plazo para la presentación a través del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), de las constancias de acreditación y membresía de contador público autorizado y del aviso de dictamen por el ejercicio 2019. Tercero.- Ampliar hasta el 26 de noviembre de 2020, el plazo para la presentación en el SIDEIMSS del dictamen del cumplimiento de obligaciones
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Los particulares podrán optar por realizar ante el IMSS las actuaciones que estén habilitadas en el Buzón IMSS, como medio de comunicación electrónico, mediante el uso de la firma electrónica avanzada, en cuyo caso deberán contar con un certificado digital vigente emitido por el SAT y las claves públicas y privadas que conforman la e.firma.
El IMSS podrá notificar los actos y resoluciones administrativas que emita en documentos digitales a través del Buzón IMSS, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido.
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