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Que no se les vaya a olvidar Regla 3.21.6.1

Las personas morales con ingresos hasta 5 millones de pesos en 2016 pueden optar por cambiarse a un esquema de cálculo de ISR en base a flujo de efectivo (ingresos cobrados menos deducciones pagadas), pero para que se les habilite el sistema donde pueden presentar sus declaraciones, es necesario que presenten nuevamente su aumento y disminución de obligaciones contestando nuevamente el cuestionario de la sección de trámites del SAT. Dicho aviso, deberá presentarse a más tardar el 31 de enero de 2017.

Una vez presentado el aviso a que se refiere el párrafo anterior de esta regla, cuando el contribuyente manifieste en su declaración anual del ISR del ejercicio 2016 ingresos totales que excedan la cantidad de $5’000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), o bien, cuando derivado del ejercicio de que sus facultades de comprobación la autoridad fiscal determine ingresos superiores a la cantidad previamente referida, se entenderá que no surtió efectos el aviso correspondiente por no haber cumplido con los requisitos para el ejercicio de esta opción, por lo que se deberán presentar las declaraciones complementarias.

Para el caso de las personas morales que inicien operaciones o reanuden actividades a partir del ejercicio fiscal de 2017, presentarán la opción de tributación dentro del mes siguiente a aquél en que presenten los mencionados avisos.

Finalmente, en términos del artículo 6, último párrafo del CFF una vez que los contribuyentes hayan ejercido la opción señalada en la presente regla no podrán variarla en dicho ejercicio.