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Se pueden emitir CFD y CFDI al mismo tiempo durante el 2013

Estamos con la cuenta regresiva para emigrar a CFDI, y honestamente no creo que el SAT cambie de opinión sin embargo, varios no quieren desapegarse de forma radical del CFD por cuestiones administrativas y también por qué no decirlo, ya le habían agarrado cariño después de más de tres años de utilización.

Por otro lado, el elegir un Proveedor de Certificación no es cosa fácil, esto es casi, casi como elegir pareja, si lo analizan bien, va a saber cuánto vendemos, a quién le vendemos, qué vedemos, etc.

Así que les comparto una regla miscelánea que estará vigente todavía hasta diciembre de 2013 porque se supone que solo este año se pueden emitir CFD´s, en donde podemos combinar los esquemas de emisión, mientras tomamos una decisión.

Facilidad para expedir simultáneamente CFD y CFDI
I.2.8.3.1.16.
Para los efectos del artículo 29-B, fracción III del CFF, quienes hayan optado por aplicar la regla I.2.8.3.1.11. podrán expedir simultáneamente CFD´s y CFDI´s, siempre que para ello cumplan con los requisitos que para cada tipo de comprobantes establezcan las disposiciones fiscales.
Lo dispuesto en el párrafo anterior sólo puede ser aplicado por los contribuyentes que se encuentren en los siguientes supuestos:
I. Emitan CFD en los términos de la regla I.2.8.3.1.11., así como de las demás reglas conducentes, y
II. Continúen emitiendo CFDI en los términos de las disposiciones aplicables.

Ahora que si el problema es que no te decides por un Proveedor de Certificación, puedes utilizar varios, aquí te paso el fundamento:

Opción para contratar servicios de uno o más proveedores de certificación de CFDI
I.2.7.2.1.
Para los efectos del artículo 29, fracción IV, segundo párrafo del CFF, los contribuyentes podrán utilizar uno o más proveedores de certificación de CFDI autorizados y utilizar de manera simultánea la prestación de varios proveedores autorizados por el SAT.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior están obligados a proporcionar por escrito al proveedor de certificación de CFDI autorizado, su manifestación de conocimiento y autorización para que este último entregue al SAT, copia de los comprobantes que les haya certificado.