Categorías
Software

El código agrupador del catálogo de cuentas

Otra de las preguntas importantes es acerca de la forma en que se puede integral el Catálogo de Cuentas del SAT con el Catálogo propio, hay algunas precisiones dadas a conocer por la PRODECON, :

Por lo que toca al Catálogo de cuentas, los contribuyentes tendrán que enviarlo por una sola vez, durante el mes de octubre del presente año, para lo cual tendrán que armonizar previamente las cuentas que actualmente lleven conforme al “Código agrupador” (CA) publicado en los anexos de las reglas, el cuál consta de 75 cuentas, con varias subcuentas.

Es decir, si el contribuyente o empresa actualmente lleva un catálogo con un mayor número de cuentas sólo estará obligado a incluir las que precisan las reglas; en cambio si no lleva alguna de las cuentas que precisa el catálogo, tales como “Terrenos (CA19)”, “Equipo de transporte (CA22)”, CUFIN (CA75) o algunas subcuentas, como “Cuotas y Suscripciones” (CA65.18) o “Donativos (65.21)”, ambas de la cuenta “Gastos (CA65); no utilizará el CA respectivo en el catálogo de cuentas que envíe a través de su buzón. Únicamente cuando el contribuyente modifique su Catálogo de cuentas para incorporar o eliminar cuentas o subcuentas, deberá enviar nuevamente al SAT el catálogo con las modificaciones relativas.

También hay que considerar que en teoría este catálogo se manda por única vez en octubre y posteriormente cuando sea modificado.

A continuación les cuelgo la guía para aquellos que están utilizando el sistema contable de CONTROL 2000 y así se den una idea del proceso.

Ver documento aquí.