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Próximo vencimiento para régimen de subcontratación

Artículo Cuarto Transitorio de la segunda modificación a la RMF 2018:
La fecha a partir de la cual el contratante realizará la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral respecto a los meses de enero a agosto de 2018 y sucesivos a que se refiere la regla 3.3.1.50., en relación con el Artículo Segundo Transitorio, fracción I, será el último día del mes de septiembre de 2018.
El aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017 a que se refiere el Artículo Tercero Transitorio, segundo párrafo, dado a conocer en el Portal del SAT el 7 de febrero de 2018, podrá presentarse a más tardar el 30 de septiembre de 2018

GUIA DE FUNCIONAMIENTO DEL APLICATIVO DE SUBCONTRATACION

Es importante recordarles que en caso de haber inconsistencias, éstas deben de aclararse y en su caso corregir los CFDI´s emitidos o presentar declaraciones complementarias por parte de la empresa de outsourcing, de lo contrario se pierde el acreditamiento de IVA y por ende la deducción de la operación, conforme a la regla miscelánea 3.3.1.50.