El Congreso de la Unión aprobó la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, una norma que busca reducir el uso de efectivo en México y ampliar la aceptación de pagos digitales. En esta nota resumimos su trámite, su contenido, las críticas que ha recibido y cómo se compara con lo que han hecho otros países.
¿En qué etapa está?
La iniciativa fue enviada por la presidenta a la Cámara de Diputados como parte del Paquete Económico. Diputados la aprobó el 6 de octubre y el Senado la aprobó el 20 de octubre, aunque en medio de una polémica porque nada más me pongo a pensar en el día que se caiga el sistema, o no haya luz o internet, con el inconveniente de que ya no contemos con billetes y monedas para el uso tradicional.
La minuta ya se envió al Ejecutivo para su promulgación y publicación en el DOF, lo cual será en los próximos días.
¿Qué establece?
- Infraestructura para pagos digitales. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno y los proveedores de bienes y servicios deberán habilitar la infraestructura necesaria para recibir pagos digitales.
- Sectores con pago exclusivamente digital. La SHCP definirá los sectores estratégicos y las actividades en las que solo se aceptarán pagos electrónicos. Según el régimen transitorio, Hacienda tiene 15 días hábiles, contados desde la entrada en vigor, para determinarlos.
- Transición gradual. Las autoridades de cada sector deberán emitir disposiciones generales con condiciones, requisitos, obligaciones, mecanismos y plazos para pasar del efectivo a los medios digitales (artículo 14).
- Excepción por contingencias. Si una falla técnica o de conectividad impide recibir pagos electrónicos, se permite temporalmente el uso de efectivo o cheques.
- Identidad digital. La CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano se reconocen como mecanismos de confianza para contratar servicios financieros de forma digital. Recuerden que todo es parte de plan de la Agencia de Transformación Digital.
- Sin nuevo sistema de pagos. La ley no crea una plataforma nueva; busca ampliar el uso de la infraestructura existente, como SPEI y CoDi.
¿Y en materia fiscal?
Es obvio que por eso se crea un régimen alterno a RESICO que permite pagar fácilmente el ISR y el IVA utilizando solo un porcentaje aplicado a los ingresos, y así como dijo la presidenta, nos van a auditar a todos alguna vez, sin invertirle tanto «coco».
Quienes defienden la ley aclaran que no implica eliminar el efectivo de forma inmediata ni generalizada, sino crear un marco jurídico para ampliar de manera progresiva los medios digitales.
¿Existe algo similar en otros países?
No localizamos otra legislación idéntica, es decir, que permita a una autoridad hacendaria designar sectores donde el pago digital sea el único admitido. Sí hay experiencias comparables con enfoques distintos:
- Uruguay. Su Ley de Inclusión Financiera de 2014 impulsó el uso de medios electrónicos con incentivos: rebajas de IVA, cuentas sueldo gratuitas y la obligación de que los comercios acepten tarjetas. Hoy cerca de tres de cada cuatro pagos son electrónicos.
- India. En 2016 retiró de circulación el 86% del efectivo mediante la desmonetización, medida criticada por su ejecución, y después consolidó la plataforma UPI. Los pagos instantáneos representan cerca del 30% del volumen de transacciones, frente a menos del 5% en México.
- Brasil. Desde el lanzamiento de Pix en 2020, los pagos instantáneos alcanzan casi el 30% del volumen total. Fue un caso de adopción impulsada por infraestructura pública, sin prohibir el efectivo.
- Europa. Varios países han fijado topes a los pagos en efectivo para combatir la evasión y los flujos ilícitos, sin obligar a pagar todo de forma digital.
- Suecia. Va en sentido contrario: su gobierno presentó un proyecto para obligar a supermercados y farmacias a aceptar efectivo, con el fin de garantizar pagos en situaciones de crisis y evitar la exclusión digital.