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CONTABILIDAD DIGITAL

Cuando el amparo contra el envío contable resulta contraproducente

Creo que en todos los cursos que he impartido sobre contabilidad me han preguntado si es conveniente o no ampararse, una de tantas preguntas esotéricas que me hacen, pero considero que tiene que ser una decisión conjunta y práctica porque lo que sí hay que tener claro es que el BUZÓN TRIBUTARIO se va a convertir en el único mecanismo de comunicación con las autoridades (no sólo con el SAT ojo), y por otro lado no considerarlo como un permiso para no hacer ningún proceso contable electrónico, ya que a estas alturas en donde las pólizas ya deben incluir las referencias de los documentos soporte, hay colegas que me dicen que no han hecho, ni van a hacer nada porque ¡están amparados!

El problema es el alcance de las resoluciones que se han emitido porque bloquean el acceso al buzón para no enviar la contabilidad electrónica.

Si bien es cierto existen contribuyentes que lo único que pretenden es no estar enviando información patrimonial y financiera sin razón fundada y motivada, a través de un medio en donde no ha garantías reales de que esta información no será hackeada o que caiga en las manos equivocadas; el asunto ahora es que han perdido el acceso al portal utilizado como mecanismo de comunicación y de envío de trámites al SAT.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) reconoció la sensibilidad del Poder Judicial de la Federación para precisar el alcance de la suspensión que el propio Juez había concedido contra la Contabilidad Electrónica, ya que inicialmente en los casos defendidos por PRODECON, y en otros múltiples presentados por los contribuyentes, se pidió tan sólo que se suspendiera el envío de la Contabilidad Electrónica.

Sin embargo, como lo informó PRODECON en su página, la suspensión otorgada inicialmente por los dos Jueces de Distrito que conocieron de estos amparos, abarcó todo el uso del Buzón Tributario por parte de los contribuyentes; varios de los cuales acudieron a la Procuraduría para quejarse de tal situación, ya que el Buzón Tributario se utiliza no sólo para el envío de la contabilidad electrónica, sino para otros importantes trámites, como solicitudes de devolución y certificaciones en materia de comercio exterior.

De ahí que el amparo no es práctico para todos y en algunos casos resulta peor el remedio que la enfermedad. Considero que el secreto es indicar la necesidad de contar con un mecanismo que garantice la intimidad financiera sin dejar de cumplir con nuestras obligaciones fiscales, pero al mismo tiempo contemplar la necesidad de continuar con el uso del buzón para no impedir ese cumplimiento oportuno de obligaciones.