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Días inhábiles para el INFONAVIT

Se informa a los acreditados y derechohabientes del INFONAVIT, patrones, órganos jurisdiccionales, autoridades administrativas, órganos gubernamentales y demás interesados, que para efectos de lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley de Amparo, artículos 65 y 68 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles y demás ordenamientos aplicables, que de conformidad con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo y al Contrato Colectivo de Trabajo los días inhábiles (descanso Obligatorio) son:
I.- El 1 de enero.
II.- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
III.- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
IV.- El 1 de mayo.
V.- El 16 de septiembre.
VI.- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
VII.- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
VIII.- El 25 de diciembre.
Adicional al Contrato Colectivo del Trabajo:
IX.- La semana mayor completa (del 29 de marzo al 04 de abril de 2015).
X.- El 10 de mayo.
XI.- El 02 de noviembre.
XII.- El 24 de diciembre.
XIII.- El 31 de diciembre.
XIV.- Los que determinen las autoridades del INFONAVIT.