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Este estímulo es para el autotransporte

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy el Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte.

Al respecto, el sector de autotransporte federal de carga, pasajeros y turismo es uno de los sectores que proporciona mayor dinamismo al crecimiento económico, ya que contribuye al desarrollo de las empresas; sin embargo, a fin de que esté en aptitud de competir de manera adecuada en una economía globalizada, es imperativo renovar y modernizar el parque vehicular que actualmente se utiliza en dicha actividad.

Por lo anterior, es necesario otorgar a los propietarios de los vehículos usados de procedencia extranjera del sector de autotransporte federal de carga, pasajeros y turismo que circulan en territorio nacional, siempre que se regularicen, la opción de tomar su vehículo a cuenta de uno nuevo o seminuevo, previa destrucción del mismo, entre otros requisitos.

Actualmente el estímulo fiscal para el autotransporte federal de carga y de pasajeros consiste en un crédito equivalente a la cantidad que resulte menor entre el precio en el que se reciban los vehículos usados, el quince por ciento del precio del vehículo nuevo o una cantidad específica de acuerdo al tipo de vehículo usado que se destruya, se considera pertinente incrementar esta última referencia con el fin de determinar un mayor monto del estímulo e impulsar con ello a los autotransportistas a entregar a cuenta del precio de adquisición de vehículos nuevos o seminuevos, un vehículo usado con antigüedad mayor a 10 años para su destrucción.

Por lo anterior, Que con el fin de evitar que la aplicación del estímulo se postergue y se faciliten las funciones de control y fiscalización por parte de la autoridad fiscal de la aplicación de este programa y esquema de beneficios, se considera conveniente delimitar a cinco años el plazo hasta por el cual se puede acreditar el estímulo fiscal contra el impuesto sobre la renta, las retenciones efectuadas a terceros por dicho impuesto, así como contra el impuesto al valor agregado, según se trate, contados a partir de que se cumplan todos los requisitos para su aplicación.