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Recordatorio para las outsourcing

La Unidad de Inteligencia Financiera les recuerda a todos aquellos que presten el servicio de subcontratación (outsourcing) en términos del artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, que al actualizar el supuesto previsto en el inciso b) de la fracción XI del Artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) para ser considerada como Actividad Vulnerable, deben cumplir con la obligación de presentar en tiempo y forma los Avisos correspondientes de conformidad con lo señalado en los comunicados publicados en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero el 21 de octubre de 2016 y 30 de enero de 2017.

Lo anterior, para evitar las sanciones administrativas previstas en los artículos 53, fracciones III y VI y 54, fracciones I y III de la LFPIORPI, esto es, multa que puede ir de las 200 y hasta las 65,000 UMAS, según corresponda por la infracción cometida.