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Reglas para la certificación en antilavado

Las presentes disposiciones tienen por objeto establecer los requisitos y el proceso aplicable para que la Comisión certifique a los oficiales de cumplimiento, auditores externos independientes y demás profesionales, a efecto de que presten sus servicios en las entidades y personas sujetas a la supervisión de la Comisión, para la verificación del cumplimiento de las obligaciones contenidas en las leyes financieras y en las disposiciones que emanen de ellas, en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal.
Asimismo, tienen por objeto señalar los requisitos y procedimientos para certificar a los auditores externos independientes y demás profesionales a efecto de que coadyuven con la Comisión cuando esta los contrate, para la verificación del cumplimiento de las leyes y disposiciones a que se hace referencia

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